La expropiación es la trasmisión de una propiedad de un particular a la Administración. Puede ser de manera forzosa o no.
La expropiación en España puede realizarse desde el Estado, la Comunidad Autónoma, la Provincia o el Ayuntamiento. Los motivos de la expropiación deben estar justificados y pueden ser varios, desde económicos hasta políticos, entre otros.
Para que se realice la expropiación es necesario seguir un procedimiento formal. El procedimiento general se divide en cinco fases, que son las siguientes:
En esta misma fase se le notifica al propietario para a continuación, abrir un periodo de información pública. El objetivo es rectificar posibles errores u oponerse a la expropiación.
Elección del justiprecio. Consiste en determinar la cantidad de dinero con la que el propietario será indemnizado.En esta fase se pueden dar dos situaciones, que se llegue a un acuerdo o que existan discrepancias.
Como hemos mencionado en el apartado anterior, a la hora de elegir el justiprecio pueden darse discrepancias entre ambas partes (Administración y propietario). Si esto sucede ambas partes muestran y justifican el precio que consideran justo. Se establece un plazo de 20 días para presentar este documento denominado hoja de aprecio.
Tras ello, es el Jurado Provincial de Expropiación quien, tras la tasación, decide el justiprecio.
El derecho de reversión permite al propietario del terreno expropiado recuperar sus bienes cuando no se haya cumplido con la utilidad que determinó la expropiación.
Los supuestos en los que se puede solicitar la reversión son:
Sin embargo, también hay excepciones en las que no se puede aplicar el derecho de reversión:
Cabe destacar que la Administración tiene la obligación de comunicar al propietario del terreno el derecho de reversión. En tal caso, dispone de un plazo de tres meses para recuperar el bien. Para ello, es necesario el pago de la indemnización que recibió en el proceso de expropiación.
Puede darse la circunstancia de que la Administración no notifique el derecho. En ese caso, si el titular tiene conocimiento de ello puede también solicitar el derecho de reversión dentro de un plazo determinado. Siempre y cuando los bienes estén inscritos en el Registro de la Propiedad.