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Iris Global Corporativo Blog ¿Me pueden expropiar un terreno en España? Proceso y pago

¿Me pueden expropiar un terreno en España? Proceso y pago

Expropiación en España

La expropiación es la trasmisión de una propiedad de un particular a la Administración. Puede ser de manera forzosa o no.

La expropiación en España puede realizarse desde el Estado, la Comunidad Autónoma, la Provincia o el Ayuntamiento. Los motivos de la expropiación deben estar justificados y pueden ser varios, desde económicos hasta políticos, entre otros.

Proceso expropiación forzosa

 

Para que se realice la expropiación es necesario seguir un procedimiento formal. El procedimiento general se divide en cinco fases, que son las siguientes:

  1. Declaración de utilidad pública o interés social. Es la primera fase de todo proceso de expropiación. Consiste en justificar debidamente la causa de la expropiación al propietario.
  2.  Declaración de la necesidad de ocupación e información pública. En esta fase la Administración concreta los bienes que van a ser objeto de la expropiación. Argumentando para ello, la utilidad pública o el interés social que tienen.
 

En esta misma fase se le notifica al propietario para a continuación, abrir un periodo de información pública. El objetivo es rectificar posibles errores u oponerse a la expropiación.

 
  1. Elección del justiprecio. Consiste en determinar la cantidad de dinero con la que el propietario será indemnizado.En esta fase se pueden dar dos situaciones, que se llegue a un acuerdo o que existan discrepancias.

  2. Pago. Tras la decisión del justiprecio, la Administración debe realizar el pago al propietario en un plazo máximo de seis meses. El incumplimiento del plazo implica pagar también intereses o realizar una nueva tasación.
  3. Acta de ocupación. Finalmente, tras la realización del pago correspondiente se levanta el acta de ocupación para proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad.
 

Elección del  precio de expropiación terreno

 

Como hemos mencionado en el apartado anterior, a la hora de elegir el justiprecio pueden darse discrepancias entre ambas partes (Administración y propietario). Si esto sucede ambas partes muestran y justifican el precio que consideran justo. Se establece un plazo de 20 días para presentar este documento denominado hoja de aprecio.

Tras ello, es el Jurado Provincial de Expropiación quien, tras la tasación, decide el justiprecio.

¿Qué es el derecho de reversión?

 

El derecho de reversión permite al propietario del terreno expropiado recuperar sus bienes cuando no se haya cumplido con la utilidad que determinó la expropiación.

Los supuestos en los que se puede solicitar la reversión son:

  • Las obras llevan suspendidas más de 2 años por motivos de la Administración.
  • Hayan transcurrido cinco años desde que se expropió y no se hayan iniciado las obras.
  • Cuando hayan transcurrido más de 20 años y parte de los bienes no se hayan utilizado.

Sin embargo, también hay excepciones en las que no se puede aplicar el derecho de reversión:

  • Cuando a pesar de que los bienes no se hayan utilizado para el motivo que justificó la expropiación, se acuerde una nueva utilidad pública o interés social.
  • Cuando a pesar de que los bienes ya no se estén utilizando, el fin que justificó la expropiación haya permanecido durante diez años.

Cabe destacar que la Administración tiene la obligación de comunicar al propietario del terreno el derecho de reversión. En tal caso, dispone de un plazo de tres meses para recuperar el bien. Para ello, es necesario el pago de la indemnización que recibió en el proceso de expropiación.

Puede darse la circunstancia de que la Administración no notifique el derecho. En ese caso, si el titular tiene conocimiento de ello puede también solicitar el derecho de reversión dentro de un plazo determinado. Siempre y cuando los bienes estén inscritos en el Registro de la Propiedad.